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Nuevo decreto presidencial indica que los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar. Igualmente, no se habilitarán al público piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.

En este objetivo el Alcalde de Bucaramanga llevaba más de 20 días. EL 24 de junio pasado envió una carta al Ministerio del Interior, en la cual solicitó permiso y fijación de protocolos para la reapertura de restaurantes en modalidad presencial.
Dos días después el gobierno local puso en marcha la propuesta de una prueba piloto, efectuada con la intensión de motivar a la utilización de terrazas interiores, patios interiores, entre otros espacios abiertos, y en algunos casos espacio público (antejardines, componentes de los perfiles viales, zonas verdes, entre otros), para la atención de los comensales de manera segura en los espacios abiertos y bien ventilados.
La cosa esta bien pensada: calles peatonalizadas en algunos sectores de la ciudad acompañaban la estrategia, y todo indicaba que en la próxima semana se podría dar inicio a la reactivación del sector gastronómico.
Entre los requisitos establecidos estaban normas de distanciamiento entre las mesas, mínimo de dos metros, los comensales deberán ir con tapabocas, se realizaría control de temperatura y desinfección de manos.
“El objetivo es hacerlo de manera gradual y manteniendo todos los protocolos biosanitarios, ya que una de las principales prioridades es continuar protegiendo la vida de todos los bumangueses”, indicó un portavoz durante la última semana de junio, cuando el nivel de contagios en la capital santandereana sumaba 122 casos, comportamiento numérico que hacía pensar que sería posible la implementación de la estrategia con la cual se esperaba beneficiar a un sector que solo en Bucaramanga, según cifras oficiales, ha tenido pérdidas por más de $200.000 millones de pesos, una población cesante de 30 mil personas aproximadamente.
No: gobierno nacional
Pero el tiempo paso y el contagio aumentó. Algunos responsabilizan al fenómeno económico que trajo consigo el Día sin IVA. Lo cierto es que la segunda semana de julio el contagio llega a 250 caso, casi el doble de los contados 20 días atrás, con incrementos diarios que promedian los 25 casos.
Por esta razón, el presidente de la República descartó la reapertura en ciudades como Bucaramanga de restaurantes y otros sectores de la economía que se pensaban inicialmente que podían incluirse en la segunda fase de reactivación económica.
Así lo dispuso el mandatario nacional por medio del Decreto 990, del 9 de julio de 2020, a través del cual extiende el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 1° de agosto de 2020 y establece medidas diferenciadas para reactivación de los municipios del país, de acuerdo con su nivel de no covid y de baja afectación, y de moderada y alta afectación por la pandemia del coronavirus.
De acuerdo con el Decreto, luego de la solicitud de los alcaldes y el aval del Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior podrá autorizar el levantamiento del aislamiento preventivo obligatorio en los municipios no covid o de baja afectación.
Además, en ningún caso se podrán habilitar en estos municipios eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
Es decir que no se podrán habilitar allí establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas, tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.
Recalca que, en todo caso, para iniciar cualquier actividad, los municipios y distritos sin y de baja afectación deberán cumplir los protocolos de bioseguridad del Ministerio de Salud y atender las instrucciones para evitar la propagación de covid-19.
Además, según la norma, cuando se pierda la condición de ser un municipio no covid o de baja afectación, el municipio quedará sometido a la medida de aislamiento preventivo obligatorio.
El Decreto indica que en ningún municipio de moderada y alta afectación se podrá habilitar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
Tampoco se habilitarán allí establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.
Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.
Igualmente, no se habilitarán al público piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.
Las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento.
Tampoco se abrirán al público los cines y teatros ni la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.
Los teatros serán únicamente utilizados para realizar actividades creativas, artísticas de las artes escénicas, sin que en ningún momento se permita el ingreso de público o la realización de actividades grupales o que generen aglomeración.
Así mismo, no se habilitarán servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior.