BOLIVIA. Nuevas formas de organización del trabajo
Sin embargo, en las dos semanas que siguieron a la promulgación de la citada ley, el conflicto con el sector empresarial se recrudeció. Su oposición deja de manifiesto la relación antagónica entre los intereses de los capitalistas y de los trabajadores; antagonismo que ellos mismos niegan, pero que dejan de manifiesto al oponerse con esta fuerza a una ley que busca el control social de las empresas que ya no pueden ejercer la actividad privada debido a su mala gestión.
Se trata, por tanto, de una medida de carácter estructural que permite la creación de empresas sociales, impulsadas y protegidas por los obreros sindicalizados. No se trata de una ley confiscatoria ya que las fábricas susceptibles de recuperación por parte de los trabajadores son aquellas que han sido abandonadas por los empresarios por propia voluntad o por la mala gestión privada de las mismas. Al fin y al cabo, la oposición de los sectores empresariales a la aprobación de esta ley no es porque se les puedan confiscar las empresas -cuestión que no es cierta-; su oposición radica en querer seguir cerrando las puertas a otras formas de organización del trabajo. En definitiva, a lo que se oponen es a la entrada de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.
Antecedentes
El pedido de creación de una ley que regule la entrada a la propiedad de los medios de producción por parte de los trabajadores tiene su principal antecedente en los debates de la Asamblea Constituyente, donde se aprobó el artículo 54 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPE), que en su parágrafo tercero determina: “Las trabajadoras y los trabajadores, en defensa de sus fuentes de trabajo y en resguardo del interés social podrán, de acuerdo con la ley, reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra, concurso o liquidación, cerradas o abandonadas de forma injustificada, y conformarán empresas comunitarias o sociales. El Estado podrá coadyuvar a la acción de las trabajadoras y los trabajadores”.
En base a ese artículo de la CPE, en 2013 el gobierno del Presidente Evo Morales aprobó el Decreto Supremo 1754, que buscó facilitar la constitución de empresas sociales. Sin embargo, la aplicación de ese decreto en casos de fábricas abandonadas -como el de la fábrica de frazadas Polar, Cerámicas Victoria y Punto Blanco (de textiles) que en este momento funcionan a manos de los trabajadores a puerta cerrada por no tener un marco jurídico que legalice su situación- no pudo ser aplicado por distintos marcos regulatorios, como el Código de Comercio.
Tras la promulgación de aquel decreto y frente a la imposibilidad de poder aplicarlo, la Confederación General de Trabajadores Fabriles de Bolivia (CGTTFB) presentó un proyecto de ley de Empresas Sociales que permite la constitución de empresas de trabajadores en los casos previstos en la CPE. Aquel proyecto estuvo cerca de ser aprobado el año 2017. Sin embargo, la presión de los empresarios en los medios de comunicación y en la Asamblea Legislativa Plurinacional paralizó el proyecto.
El relato manejado por los que se oponían al proyecto consiguió instalar en la población la idea de que cualquier negocio (farmacia, restaurante, tienda., etc.) era susceptible de ser afectado por la Ley, lo cual era falso. Sin embargo, este relato consiguió extenderse entre la población, que comenzó a temer un gran golpe a la propiedad privada y que el Estado ejercería un rol expropiador indiscriminado. Esto llevó a que, en aquel momento, el proyecto de ley finalmente no fuera aprobado.
La Ley de Empresas Sociales
La Ley de Empresas Sociales, finalmente promulgada el 1 de mayo, es resultado de diferentes reuniones y mesas de trabajo que se han ido dando durante los últimos meses. Desde la asunción de la nueva dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) en enero de este año, el consensuar una Ley de Empresas Sociales con el Gobierno fue uno de los objetivos principales.
La Ley establece el marco jurídico para la constitución de empresas sociales de acuerdo con el mandato establecido en la Constitución Política del Estado (CPE). Las empresas sociales serán aquellas que estarán constituidas por los trabajadores y trabajadoras activos de una empresa privada que se encuentre en quiebra o liquidación, cerrada o abandonada de forma injustificada y cuya finalidad será la de reactivar y reorganizar la empresa en defensa de las fuentes de trabajo, así como el resguardo del interés social.
De esta forma, en ningún momento supone incrementar la capacidad o voluntad confiscatoria del Estado, sino que permitirá el mantenimiento de los puestos de trabajo, así como la supervivencia de una empresa que estaba en proceso de disolución o quiebra. De esta forma, además de otorgar la posibilidad de establecer nuevas formas en las relaciones del trabajo -abriendo la posibilidad de la propiedad por parte de los trabajadores de los medios de producción- consigue fortalecer los emprendimientos fabriles que se encuentren amenazados.
La Ley, en su artículo 4 establece las siguientes causas para la creación de empresas sociales:
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Cuando existan empresas en procesos de concurso preventivo, quiebra o liquidación, conforme a lo previsto en el Código de Comercio.
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Cuando exista cierre o abandono injustificado de una empresa privada.
Por tanto, se trata de una legislación que no cuestiona la propiedad privada, más bien abre la posibilidad a la supervivencia de empresas, el mantenimiento de puestos de trabajo y el fortalecimiento de la industrialización mediante otras formas de organización del trabajo. Y, sobre todo, amplía la posibilidad de que los trabajadores puedan ser propietarios de los medios de producción.
La reacción del sector empresarial
A pesar de que la Ley no cuestiona la propiedad privada, la apertura a estas nuevas formas de relación entre el trabajo y los medios de producción ha hecho saltar las alarmas en el gran empresariado. Nuevamente, la alianza entre el gran capital y los medios privados (en realidad al hablar de gran capital debemos incluir a los medios privados) se ha puesto a andar para intentar echar abajo la Ley de Empresas Sociales. Empresarios políticos, como Doria Medina, la Asociación Nacional de la Prensa Boliviana (ANPB), la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) son sólo algunos de los sectores que se están oponiendo. A éstos se han unido, en los últimos días, las organizaciones de transporte pesado de Bolivia, que amenazan con el establecimiento de acciones contra dicha ley.
A modo de cierre
El reconocimiento y apoyo a esta forma de organización del trabajo a través de la nueva Ley de Empresas Sociales, supone un avance en la lucha de los trabajadores en la construcción de una sociedad más equitativa. Formas de legislación en materia laboral similares existen en un gran número de países, y ahora Bolivia zanja este déficit. El nuevo marco regulatorio permitirá que los trabajadores, como sujetos libres e independientes, puedan asociarse entre sí para organizar los medios de producción y ser dueños del fruto de su trabajo aportando con parte del excedente a la comunidad y al Estado. Además, permitirá el fortalecimiento del tejido fabril boliviano al generar nuevas opciones para el desarrollo de la actividad económica.