Corte Constitucional avala la Justicia Especial para la Paz, haciendo varias aclaraciones sobre el contenido de la Norma

Corte Constitucional

Si hay una pieza clave para la implementación del Acuerdo Final es la Jurisdicción Especial de Paz (JEP).

Lo que se aprobó en el Acto Legislativo 01 de 2017, en abril de este año, es la esencia de ese sistema de justicia transicional basado en la verdad, justicia, reparación y no repetición. 

A la Corte Constitucional le correspondió la tarea de revisar lo aprobado por el legislativo para estar seguros de que la JEP es constitucional.

Después de varios meses de estudio, el alto tribunal acaba de declarar que la norma, en términos generales, es exequible y que va acorde a la carta política. 

Tras más de 10 horas en e debate de este martes, la Corte Constitucional decidió avalar la Justicia Especial para la Paz (JEP). La decisión del alto tribunal, aunque mantiene viva a la JEP, establece varios cambios.

El alto tribunal mantuvo intactos la mayoría de artículos de la ley con la que serán juzgados los guerrilleros de las Farc, así como los terceros civilmente responsables y agentes del Estado.

En esta decisión los magistrados buscaron llegar a un consenso para tomar un fallo unánime de 7 votos contra 0, a favor de declarar la exequibilidad de la JEP.

Del debate no participaron los magistrados Carlos Bernal y Cristina Pardo por estar impedidos ya que antes de ser magistrados hicieron parte de los desarrollos que ayudaron a construir este sistema de justicia.

Tras discutir la ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, la Sala Plena mantuvo las penas que se imponen contra los guerrilleros pero estableció que el Congreso debe definirlas claramente en la ley estatutaria que reglamenta la JEP. Esto porque el Acto Legislativo 01 del 2017 asegura que se aplicarán las penas establecidas en el acuerdo final pero no habla explícitamente de las sanciones de 5, 8 o 20 años.

La Corte también mantuvo el artículo 20 del Acto Legislativo, lo que implica que las condenas contra los guerrilleros quedarán suspendidas para que puedan participar en política. Sin embargo, el alto tribunal hizo algunos condicionamientos para esa participación en elecciones populares.

El alto tribunal también mantuvo la responsabilidad por línea de mando, pese a las críticas de la Corte Penal Internacional.

El fallo del alto tribunal trajo condicionamientos para la prohibición de la extradición pues los exguerrilleros que reincidan podrían ser extraditados,  y también condicionaría la participación de jueces extranjeros en el Tribunal de Paz.

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