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A las 11 de la mañana del 6 de noviembre de 1985, cuando el abogado samario Alfonso Jaquin entró al Palacio de Justicia se sorprendió de que solo tres guardias de seguridad privada custodiaran la mole de concreto. Dos meses antes el ejército desarticuló un plan del M-19 para tomarse el lugar. Los vientos de paz que habían traído los primeros años de presidencia de Belisario Betancur habían cesado, la élite política volvía a clavarle por la espalda un puñal a la guerrilla y el Eme regresaba a la guerra.
El grupo necesitaba un golpe publicitario duro. Nadie como ellos para ganarse el fervor popular por sus ataques al gobierno sin disparar un arma: así se tomaron la embajada de la República Dominicana, se robaron la espada de Bolívar y más de tres mil armas del Cantón Norte. Iban a esperar la visita de Francois Miterrand para causar más ruido, pero les pudo más la ansiedad. Por orden de Álvaro Fayad, Comandante Supremo, Luis Cuervo y Andrés Almarales estaban al frente del plan: 27 guerrilleros se tomarían el Palacio. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia serían sus rehenes. A cambio de sus vidas obligarían a Belisario a un juicio público en plena Plaza de Bolívar. Se la habían fumado verde. Lo que no sabía el M-19 es que el ejército estaba comandado por una recua que quería venganza.
En 1985 ser magistrado en Colombia pesaba como una condena a muerte. La guerrilla era el menos peligroso de sus enemigos. Las profundas investigaciones que la Corte, en cabeza de Alfonso Reyes Echandía, les hacía a los carteles de la droga, desentrañó la cercanía que tenían los oficiales más importantes de las Fuerzas Armadas con Pablo Escobar. Un año antes el capo había asesinado a un ministro de Justicia por hostigarlo y promover un Tratado de Extradición con Estados Unidos. El Tratado fue refrendado por la Corte Suprema de Justicia.
Pero la Corte, en junio de 1985, cometió la peor de las afrentas al honorabilísimo Ejército Nacional: condenó al ministro de Defensa de ese momento, general Miguel Vega Uribe por la tortura de una joven médica y su hija, una niña de diez años, arrestadas horas después de que el M-19 robara las armas del Cantón Norte. Vega Uribe era en 1979 el comandante de la Brigada XIII de Bogotá y fue una de las caras de la terrorífica represión que ordenó Turbay Ayala.
La decisión hizo que el mundo se le viniera encima a la Corte. Los medios incluso señalaban a los magistrados de desestabilizar al país culpando a los militares. No hay nada más sagrado en este albañal fascista que un gordo viejo uniformado. El miércoles 6 de noviembre de 1985 -después de un puente- cinco magistrados de esa Corte, entre los que se contaba a su presidente, habían recibido todo tipo de amenazas. Lo único que podían hacer era pedirle al gobierno que los cuidara. Cuando se descubrió el plan de Eme se desplegó toda una muralla en el Palacio. Pero el día que el Eme hizo la toma estaba todo despejado. Luego, cuando 27 guerrilleros entraron al edificio, al Ejército solo le tardó 30 minutos poner su base de operaciones en la Plaza de Bolívar y en el Museo del Florero.
Once desapariciones forzadas, cuatro casos de torturas, una ejecución extrajudicial y la negligencia para investigar fueron los hechos por los que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), condenó al Estado colombiano en el caso del Palacio de Justicia.
La sentencia de la Corte IDH define que en la retoma del Palacio de Justicia salieron con vida varias personas que hoy en día se encuentran desaparecidas. Foto: archivo Semana.
Casi 30 años después de que un comando de 35 guerrilleros del M-19 se tomara el Palacio de Justicia, con la pretensión de hacerle un juicio político al entonces presidente Belisario Betancur, por los fracasos y dificultades que había en el proceso de paz que habían pactado meses atrás, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado por los abusos y crímenes que se cometieron en la retoma del Palacio.
La sentencia, emitida el 14 de noviembre pasado, y dada a conocer el 10 de diciembre les da la razón a las víctimas, pues considera como hechos cumplidos que once personas fueron desaparecidas durante el 6 y 7 de noviembre de 1985 en el Palacio, una guerrillera, tres visitantes casuales, y ocho trabajadores de la cafetería. El cuerpo de otra persona, también desaparecida, fue hallado hace una década en el cementerio del sur. Sobre el magistrado Carlos Horacio Urán, la Corte responsabiliza al Estado de su desaparición y posterior ejecución. Se comprobó que cuatro personas más fueron torturadas en guarniciones militares en torno a los hechos del Palacio. Además sanciona al Estado por la falta de prevención, investigación y protección.
Entre muchas de sus consideraciones, la Corte admite que el ataque estaba anunciado y pudo prevenirse. Destacó que el gobierno ha hecho un reconocimiento parcial de su responsabilidad, pero desestimó la intención del Estado colombiano de enmarcar los hechos del Palacio en el Derecho Internacional Humanitario y por tanto de considerar incompetente a la Corte IDH de juzgar estos crímenes.
El coronel (r) Alfonso Plazas Vega y el general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, son los dos oficiales del Ejército condenados por los crímenes ocurridos en la retoma del Palacio de Justicia. Foto: archivo Semana.
Los tribunales colombianos ya han proferido condenas parciales contra dos altos mandos militares de la época como determinadores mediatos de estos hechos. Contra el Coronel Alfonso Plazas Vega, por la desaparición de dos personas; y contra el General Jesús Armando Arias Cabrales, por cinco personas desaparecidas. Sin embargo, estas sentencias no están en firme y tienen recursos de apelación en curso.
El caso del Palacio de Justicia ha sido uno de los más controvertidos de la historia de Colombia, dado que en 1990 el M-19 dejó las armas y sus integrantes fueron amnistiados e indultados. Y porque después de muchos años de no haber prosperado la investigación, en el último lustro ha habido desarrollos importantes en la justicia colombiana que han demostrado que sí hubo desaparecidos, que militares estuvieron involucrados en estos hechos, y que este no es un caso propio de la justicia penal militar, sino de la ordinaria.
Esta condena, así como el debate jurídico que de seguro suscitará, llega en un momento en el que se discuten tanto la ampliación del fuero militar, y cuando se debate si el Marco Jurídico para la Paz, que otorga medidas de justicia transicional para crímenes de lesa humanidad, debería acoger también los miembros de la fuerza pública que han incurrido en graves violaciones de derechos humanos. VerdadAbierta.com reseña los 10 puntos que establece la sentencia de la Corte IDH.
1. No se hizo nada para evitar la toma, pese a sus indicios
Durante la contextualización de los hechos ocurridos en la toma y retoma del Palacio de Justicia, la Corte hace un detallado recuento de la situación por la que pasaba el país en 1985 y concluye que el Estado “no tomó las decisiones necesarias” para evitar la toma a pesar de que diferentes instituciones conocían el riesgo de que esta se cometiera por parte del M-19.
En medio de la contextualización se señala que “previo a la toma del Palacio de Justicia, era ampliamente conocido por parte de las Fuerzas Militares y los organismos de seguridad del Estado la posible toma del Palacio de Justicia, su fecha aproximada, así como su objetivo principal. Del mismo modo, desde mediados de 1985, magistrados de la Corte Suprema de Justicia venían recibiendo amenazas relacionadas con la declaratoria de inexequibilidad del tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos de América, y los consejeros de Estado habían sido amenazados en relación con decisiones en materia de violaciones a derechos humanos. No obstante lo anterior, el 6 de noviembre de 1985 no se encontraba presente en el edificio del Palacio de Justicia la seguridad reforzada que se había dispuesto en el edificio en virtud de dichas amenazas. Ese día el Palacio de Justicia sólo contaba con una mínima vigilancia privada, conformada por no más de seis personas”.
Por lo tanto, concluye que el Estado “no cumplió con su deber de prevenir y proteger adecuadamente a las 15 víctimas del presente caso que laboraban o se encontraban visitando el Palacio de Justicia, al momento de la toma por parte del M-19, a través de la adopción de medidas oportunas y necesarias de protección”.
2. La existencia de un modus operandi para desparecer “sospechosos”
Los familiares de las víctimas aún no saben nada sobre su paradero. Foto: archivo Semana.
Para la Corte, está demostrado que “existió un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas como sospechosas de participar en la toma del Palacio de Justicia o colaborar con el M-19. Los sospechosos eran separados de los demás rehenes, conducidos a instituciones militares, en algunos casos torturados, y su paradero posterior se desconocía”.
En tal sentido, el Estado es condenado por once personas desparecidas (siete empleados de la cafetería del Palacio de Justicia y dos visitantes): Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Luz Mary Portela León, Lucy Amparo Oviedo Bonilla, Gloria Anzola de Lanao, el magistrado Carlos Horacio Urán Rojas e Irma Franco Pineda.
Además, sostiene que no hay controversia que Carlos Augusto Rodríguez Vera, el administrador de la cafetería, e Irma Franco Pineda, guerrilleradel M-19, fueron separados de los demás sobrevivientes, conducidos a una guarnición militar, torturados y desaparecidos. Este punto fue reconocido y aceptado por los representantes del Estado en el proceso judicial.
Concluye que las demás víctimas desaparecidas, de acuerdo con lo documentado en el expediente, también fueron consideradas sospechosas de colaborar en la toma del Palacio de Justicia por autoridades estatales y fueron víctimas del mismo modus operandi.
3. No reconoce la responsabilidad del Estado en dos desapariciones forzadas
Respecto a los casos de Norma Constanza Esguerra Forero y Ana Rosa Castiblanco Torres, para la Corte existen indicios que apuntan a que su fallecimiento se dio dentro del Palacio de Justicia durante la toma y retoma. Por lo anterior, el Tribunal concluyó que Colombia no era responsable por la desaparición de ambas, y sí lo es por no garantizar su derecho a la vida y por no determinar el paradero de la señora Castiblanco Torres por más de quince años (sus restos fueron encontrados en una fosa común del Cementerio Sur en 2001) y de la señora Esguerra Forero hasta la actualidad.
4. El magistrado Urán fue desaparecido y ejecutado extrajudicialmente
Carlos Horacio Urán Rojas, magistrado auxiliar asesinado en la retoma del Palacio de Justicia. Foto: archivo Semana.
La Corte concluyó que el magistrado auxiliar Carlos Horacio Urán Rojas fue herido en la pierna izquierda dentro del Palacio de Justicia, pero salió con vida de ese recinto bajo la custodia de agentes estatales y no se documentó su salida con vida en las listas de sobrevivientes. Considera que “cuando se encontraba en un estado de indefensión causado por las demás lesiones, fue ejecutado. Su cuerpo fue despojado de la ropa, lavado y llevado al Instituto de Medicina Legal”.
Por lo anterior, concluyó que el Estado es responsable por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de Urán. El Tribunal determinó que pese a que el cuerpo fue entregado a sus familiares dos días después de la toma del Palacio de Justicia, sí hubo desaparición forzada porque fue detenido por agentes estatales que negaron información sobre su paradero.
5. La escena del crimen fue manipulada
La Corte destacó que no hay controversia en que bajo la dirección de funcionarios militares, las autoridades alteraron gravemente la escena del crimen y cometieron múltiples irregularidades en el levantamiento de los cadáveres.
6. Se cometieron detenciones ilegales y torturas
Para la Corte IDH es claro que varias personas salieron vivas del Palacio de Justicia, fueron retenidas ilegalmente y las torturaron en medio de interrogatorios. Foto: archivo Semana.
Para la Corte, las detenciones de Yolanda Santodomingo Albericci, Eduardo Matson Ospino y Orlando Quijano fueron ilegales y arbitrarias, razón por la cual el Estado es responsable por la violación del derecho a la libertad personal. Además, califica que las torturas de las que fueron víctimas “implicó un sufrimiento severo, cuyo propósito, como se desprende de sus múltiples declaraciones era que “confesaran” supuestos nexos o colaboración con el M-19.
7. Hubo violencia sexual en medio de los interrogatorios
El caso de José Vicente Rubiano Galvis, quien fue detenido en Zipaquirá por autoridades militares, acusado de transportar armas y de ayudar a introducirlas al Palacio de Justicia, también hace parte de las torturas y detenciones ilegales, pero la Corte considera que también fue víctima de violencia sexual. Al respecto, reseña que en una guarnición militar esta víctima fue sometida a múltiples golpes y descargas eléctricas en el estómago y los testículos, mientras lo interrogaban para que confesara ser guerrillero. Para la Corte, dichos choques eléctricos en sus genitales, representan una agresión sexual que debe ser sancionada.
8. El Estado omitió investigar los crímenes y encontrar a los desparecidos
La Corte IDH cuestiona los pocos resultados en materia de investigación por estos crímenes. Foto: archivo Semana.
Para la Corte IDH, Colombia “incumplió su obligación de iniciar una investigación de oficio, inmediata y efectiva, omitió realizar las actividades de búsqueda necesarias para localizar el paradero de los desaparecidos y esclarecer lo sucedido, así como no actuó con la debida diligencia en las primeras diligencias de la investigación y, en menor medida, en las investigaciones desarrolladas actualmente en la jurisdicción ordinaria”.
9. La reparación que debe hacer el Estado
Como primera medida, la Corte considera que su sentencia es una forma de reparación para estas víctimas y le ordena al Estado su difusión por medios masivos de comunicación. En cuanto a las víctimas y sus familiares, pide el Estado haga las investigaciones necesarias para establecer la verdad de los hechos y juzgar los responsables; determinar el paradero de las once víctimas desaparecidas que fueron reconocidas en este fallo; y brindar tratamiento médico a quienes lo soliciten. Por último, pide que se realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad; que se realice un documental sobre el Palacio de Justicia; y pagar las indemnizaciones fijadas por los jueces.
10. La utilidad de la Comisión de la Verdad
En 2005 se creó la Comisión de la Verdad, conformada por los exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara y el magistrado de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla Pinilla, para que investigara y diera otras luces sobre la toma y la retoma del Palacio de Justicia. A finales de 2009 presentaron su informe, el cual fue sustento importante en varios apartes de la sentencia que dictó la Corte IDH. (Descargue el informe)
Semanas después del holocausto que cobró 111 vidas, el ministro de Justicia Enrique Parejo, quien siempre se ha considerado traicionado por las decisiones que tomó el Ejército ese día, ordenó una investigación sobre quién había dado la orden de levantar la vigilancia. Dos coroneles de la Policía no pudieron dar una explicación peor: la orden la había dado el propio Reyes Echandía, quien ya había muerto durante la sangrienta retoma del Palacio. Después se comprobó que el Presidente de la Corte se encontraba en Bucaramanga en la fecha que dicen los coroneles fue dada la orden para remover el esquema.
La orden que dio el general Arias Cabrales, apostado en la Casa del Florero, fue simple y avasallante: gastar toda las municiones que tenían, acabar a cohetazo limpio con el Palacio de Justicia, no reparar en bajas. Matarlos a todos. Por eso Plazas Vega metió sus tanques cascabel al Palacio y disparó desde allí. Con la brutalidad de la reacción el Eme se dio cuenta de la estupidez que habían cometido: fueron idiotas útiles de las Fuerzas Armadas para salir de un problema. Un magistrado que sobrevivió le contó a la periodista irlandesa Ana Carrigan que alcanzó a escuchar las órdenes que recibían los soldados dentro del Palacio: “al que vean, quiébrenlo”. Y los mataron a casi todos.
El Palacio de Justicia: una tragedia colombiana, investigación publicada por primera vez en 1993 y que fue traducida al español de manera tardía en el 2009, acaba de ser reeditada por Planeta. Un libro necesario, valiente, con testimonio exclusivo de uno de los sobrevivientes que estuvo en el baño del Palacio junto a Andrés Almarales y su combo. La denuncia está clara: el ejército, no conforme con hacer un rescate deliberadamente chambón que borró del mapa a once magistrados, desplegó después una ofensiva de terror contra todo testigo que quisiera hablar. Arias Cabrales, desde la Casa del Florero, interrogó, reseñó y torturo a las casi 200 personas que sobrevivieron.PUBLICIDAD
Mucho más que para alimentar las teorías de conspiración, y sin exonerar en ningún momento a los comandantes guerrilleros que jugaron durante horas con la vida de las 70 personas que estaban encerrados con ellos en uno de los baños del Palacio de Justicia, el libro de Carrigan debería ser un disparador para que de una vez por todas se sepa la responsabilidad que tuvo el glorioso ejército nacional en el incendio y asesinato de 111 personas, la incapacidad de Belisario de sobrellevar la crisis, y los pérfidos consejos que recibió de expresidentes y figuras capitales de la política colombiana en 1985. Los únicos que le aconsejaron un diálogo con el Eme para evitar la masacre fueron Galán y Turbay.
A 35 años de la toma, que asuman culpa los oficiales sobrevivientes.