Francia. Oh lá lá. Morir de un infarto cuando disfrutaba de edulcorante sexo, durante un viaje de negocios: es “accidente laboral” para la justicia
La empresa debe indemnizar a la familia, que recibirá el 80% de su salario cada mes hasta la fecha en la que se habría jubilado
Un tribunal francés ha fallado que la muerte del hombre que falleció a causa de un infarto mientras practicaba sexo durante un viaje de negocios, es un “accidente laboral” y que, como tal, la empresa deberá indemnizar a la familia de la victima con un buen montante de dinero.
Los hechos tuvieron lugar en 2013, en la localidad francesa de Meg-sur-Loire, donde el hombre se hallaba realizando un viaje de trabajo. Una noche, conoció a una mujer con la que acabaría acostándose, a pesar de estar casado.
El hombre falleció tras acostarse con una desconocida
Según informan varios medios, tras esta aventura extramatrimonial con una desconocida, el hombre sufrió un ataque al corazón y falleció en la habitación del hotel.
La familia de la víctima, un técnico de seguridad de una empresa de transporte, demandó a la empresa para reclamarle una indemnización al entender que la muerte había tenido lugar durante un viaje de negocios, por lo que era responsabilidad de la empresa.
A pesar de que la empresa alegó que no era responsabilidad suya las consecuencias de un acto sexual en horas no laborales y en un hotel diferente del que había contratado para el empleado, finalmente la justicia ha dado la razón a la familia.
El fallo dictamina que la empresa deberá abonar mensualmente el 80% del sueldo que apercibía el trabajador hasta el momento en el que este se hubiese jubilado de seguir con vida.