Santurbán. La Corte Constitucional se pronuncia sobre la minería sostenible
El fallo de la Corte Constitucional que tumba la resolución que demarcó el páramo de Santurbán deja claro que la protección del páramo no podrá ser inferior a la actual (pero sí mayor) con lo cual crea una nueva incertidumbre para la empresa Minesa que lleva dos años explorando en la zona. Y de paso, ofrece la receta sobre cómo debe ser la participación de las comunidades afectadas para garantizar que la minería sea sostenible no solo en Santurbán sino en donde se haga.
Adiós a las concertaciones de papel
En julio de 2015, cuando se completaban poco más de seis meses de la delimitación de Santurbán, el Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez y representantes del Comité por la Defensa del Páramo, instauraron una tutela para tumbar esa decisión.
Lo hicieron bajo los argumentos de que el Ministerio de Ambiente había vulnerado sus derechos al agua, al ambiente, a la participación y al acceso a la información, debido a que emitió la resolución sin tenerlos en cuenta y sin entregarles documentos que solicitaron formalmente cuando la delimitación estaba en etapa de discusión.
Aunque, en primera y segunda instancia la tutela fue declarada improcedente porque tanto el Tribunal Administrativo de Santander, como el Consejo de Estado consideraron que ese no era el mecanismo para revocar la delimitación, en febrero del año pasado finalmente la Corte Constitucional -por petición de De Justicia- la seleccionó para revisarla.
El proceso quedó en manos del magistrado Alberto Rojas, el más ambientalista de todos. Él, el magistrado encargado José Antonio Cepeda y el magistrado Carlos Bernal como miembros de la Sala Octava de Revisión fallaron tomaron la decisión.
Rojas conceptuó que tanto el Tribunal como el Consejo de Estado se equivocaron parcialmente en sus apreciaciones y que el colectivo de abogados y el Comité para la Defensa del Páramo, sí tenían por qué pelear.
La decisión se centró en que el Ministerio “cercenó” la participación de todos los actores en el proceso de delimitación, debido a que no le respondieron varios derechos de petición a los ambientalistas, a que en las reuniones previas a la delimitación no fueron citados todos los actores (no fueron invitados ni ambientalistas, ni agricultores, ni mineros), y a que ese despacho no accedió a hacer reuniones públicas para que todos los interesados pudieran asistir.
“La comunidad no intervino de manera previa en el debate ni tuvo efecto alguno una consideración suya sobre la delimitación. Las mesas de concertación se convirtieron en espacios de socialización”, dice un aparte del fallo.
Con eso, no solo puso en tela de juicio la legitimidad del proceso, sino que le jaló las orejas al Ministerio por hacer pasar como concertada una decisión que fue tomada sin tener en consideración a los directamente afectados.
Con esta decisión, además de darle fuerza a la participación de las comunidades en este tipo de discusiones, la Corte terminó empoderando aún más a los ambientalistas, que, con esta, ya suman la sexta decisión judicial que favorece su activismo.
Ahora, para las entidades será más difícil ignorar lo que plantean los ambientalistas o cualquier comunidad que se sienta afectada con las decisiones.
Eso en causas nacientes como la movida antifracking o la ola creciente de oposición a la extracción minera a gran escala, les da mucha visibilidad, y más porque aunque lo que aporten no deberá ser necesariamente tenido en cuenta en las decisiones técnicas, sí garantizará que todas sus preguntas tengan respuestas.
Para que eso suceda, en el fallo la Corte estableció una ruta de siete pasos, que incluyen desde una convocatoria pública y abierta en la etapa preliminar, la creación de un vínculo directo dentro de la página del Ministerio de Ambiente para acceder a todas las etapas del proceso y la realización de reuniones con actas que dejen constancia de la participación, hasta la garantía de espacios para observar el archivo preliminar de la delimitación.
Además, estableció que en el acto administrativo de la nueva delimitación no solo deberán estar formalmente las razones por las que no fueron aceptadas las peticiones y sugerencias de las comunidades, sino que también tiró línea para lo que empieza.
La protección, mínimo en la misma proporción
Aunque en el fallo la Corte no entró a mirar de fondo la delimitación, entre otras, porque consideró que la facultad para delimitar los páramos, además de ser exclusiva del Ministerio de Ambiente, tiene un alto componente técnico que no entraría a debatir, sí dejó claro que en lo que respecta a Santurbán la nueva delimitación no podrá tener una protección inferior a la fijada por el Minambiente en 2014.
Según lo que definió, la modificación de la cartografía en la nueva delimitación “no podrá afectar las medidas de conservación o salvaguarda del Páramo de Santurbán en términos globales”.
Eso, sumado a que difirió los efectos del fallo a un año, mantuvo el estatus quo a favor de la conservación del páramo y le dio un alcance clave a la decisión.
Y es que mientras el plazo le da suficiente margen a la delimitación de 2014 para no generar un limbo jurídico que ponga en riesgo a Santurbán, también la desestabilizó lo suficiente como para empantanar trámites como el de la Sociedad Minera de Santander, Minesa, firma de Abu Dhabi que está esperando a que le otorguen licencia ambiental para extraer 9 millones de oro en la inmediaciones de Santurbán.
Además la Corte fue más allá y entró en la discusión sobre hasta qué altura el páramo debe estar protegido para garantizar su efectiva conservación, y en la decisión, le dice al Minambiente que en la nueva delimitación deberá tener en cuenta “de manera prioritaria” el concepto expedido por el Instituto Alexander Von Humboldt que dice que los “límites del páramo deben incluir la zona de transición del bosque alto andino”.
Esa petición no solo pone la nueva delimitación en la misma línea de la sentencia que prohibió la minería en los páramos (determinó algo muy similiar sobre la altura en la que deben protegerse los páramos), sino que además pavimenta el terreno para que en la nueva discusión se amplíen los límites de Santurbán.
Pero como hasta ahora la discusión -ahora sí con todas las partes- tendrá que arrancar, es difícil predecir en dónde va a terminar y más porque, aunque no se pueda disminuir la protección del páramo (están protegidas 98 mil de 130 mil hectáreas), eso no significa que la línea no pueda subir en algunos puntos y bajar en otros con la concertación.
Esa última idea ha sido criticada por la directora del Von Humbolt, Brigitte Batipste, quien le dijo a La Silla que la misma naturaleza de un criterio técnico le impide ser negociado, pero para habitantes de los municipios mineros se convierte en una oportunidad.
“No conozco el fallo, pero por lo que están publicando los medios, esto lo que demuestra es que la última palabra no está dicha y que se abre una oportunidad que debemos aprovechar para defender nuestros derechos ancestrales. Sobre todo el derecho al trabajo que es lo que más nos han vulnerado”, dijo a La Silla Orlando Rodríguez, alcalde de Vetas, uno de los municipios que terminó más afectado con la delimitación del páramo.
Para los locales el nuevo escenario abre espacio para presionar por la extracción de zonas protegidas en sectores en los que ellos no estuvieron de acuerdo (por ejemplo, hubo pequeños títulos que quedaron partidos a la mitad).
Sin embargo, aún en la previa de la nueva delimitación lo que queda claro es que si hay un actor que entra en posición de desventaja es Minesa, porque sumado a que la solicitud de licencia ambiental entra en pausa, a diferencia de los demás bandos no está en condición de ceder.
El proyecto de esa empresa, como lo ha contado La Silla, en algunos puntos está a solo 160 metros de distancia de la actual delimitación y además tiene proyectada el área de influencia a solo 30 metros. Cualquier variación podría afectarla significativamente y obligarla a reformular su proyecto.
De lo ambiental a lo social
Además de los pasos que deberán seguirse para garantizar que la nueva delimitación del páramo incluya a todas las partes, y del norte que le dio a la nueva delimitación, la Corte Constitucional con este fallo también tiró línea en lo social, algo que no tuvo en cuenta cuando en 2016 prohibió la minería en los páramos.
Desde que nació la resolución que delimitó el páramo en 2014, los compromisos que el Gobierno hizo por acompañar a las casi 4 mil familias afectadas, quedaron en el papel.
Las soluciones de empleo siguen siendo pocas y temporales, los proyectos que se estaban implementando se extinguieron rápidamente y la zonificación que debían hacer las CAR aún está embolatada.
En Vetas el desempleo es del 82 por ciento, en cada visita institucional de algún representante del Gobierno Nacional las comunidades reclaman las promesas de inversión del Ministerio de Agricultura para vivienda, formalización de tierras, asistencia técnica y proyectos productivos; y a la postre en febrero, una auditoría de la Contraloría General de la Nación le llamó la atención a las CAR porque aún hay actividad minera y agrícola vigente dentro del páramo.
Eso sin contar, con la descoordinación entre la Corporación para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, Cdmb, y la Corporación Ambiental de Norte de Santander, Corpono., las dos entidades ambientales encargadas de vigilar y ejecutar los proyectos en el páramo, y que otros proyectos como el impulsado entre el Ministerio de Minas, la Fundación Paz y Reconciliación y la Red Prodepaz, para desarrollar una metodología de concertación aún están en etapa de formulación.
“Esa decisión (prohibió la minería en páramos) dejó en el limbo a miles de personas que devengaban su sustento de la ejecución de labores productivas en los nichos paramunos, escenario que tiene la virtualidad de causar un grave perjuicio a la situación económica a las poblaciones”, señala un fragmento de la sentencia.
Para evitar que eso volviera a suceder, la Corte también dictó una hoja de ruta donde básicamente le dijo al Ministerio cómo debía actuar y cómo debía hacerle seguimiento a la política social en Santurbán para lograr la transición de los habitantes a otro tipo de economías con la nueva delimitación.
Por ejemplo, le pidió que diseñara junto a las comunidades afectadas un programa de reconversión de actividades de sustento, con principios, metas e indicadores de satisfacción (ese plan deberá iniciar primero en Vetas, California y Suratá, los tres municipios mineros del páramo), y señaló que esas nuevas políticas deberán articularse con las antiguas y que todo deberá quedar registrado en el acta de la delimitación.
También estableció que se creará un sistema de fiscalización al cumplimiento de la protección del páramo, una mesa de coordinación permanente entre la Cdmb, Corponor y el Ministerio, y se creará un modelo de financiación para garantizar la sostenibilidad del resguardo ambiental de Santurbán.
Así que con el fallo, la Corte Constitucional no solo sentó un precedente sino que dejó la hoja de ruta para delimitar Santurbán. Con ello volvió a reajustar todas las cargas en la discusión sobre la protección del páramo, que comprende a 30 municipios de los dos santanderes, tiene 390 mil habitantes dentro de su jurisdicción, y surte de agua a otros 2,5 millones.