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El Juzgado 15 Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga suspendió provisionalmente la orden de la Alcaldía de Bucaramanga que le permitía a los ciudadanos, entre 18 y 60 años de edad, realizar actividad física o ejercicios al aire libre solo el día de la semana habilitado por ‘pico y ‘cédula’.
Según el juez, en esta disposición, contenida en el artículo 2.3 del decreto municipal 0133 del 26 de abril de 2020, el alcalde de la capital santandereana, Juan Carlos Cárdenas Rey, no da cumplimiento al decreto presidencial 593 del 24 de abril de 2020.
Es decir, la instrucción presidencial, en el artículo 37, establece que el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, estará permitido por un periodo máximo de una hora diaria, atendiendo los protocolos de bioseguridad.
Sin embargo, en Bucaramanga se determinó que solo se podrán realizar dichas acciones deportivas un día a la semana, durante una hora, entre 5:00 a.m. y 8:00 a.m. Ese día será precisamente el que corresponda salir por ‘pico y cédula’.
En este sentido, dicha restricción queda suspendida provisionalmente; brindándole así la oportunidad a los hombres y mujeres, en el rango de edad señalado anteriormente, salir una hora al día a realizar su actividad física o ejercicios al aire libre.
Eso sí hay que tener en cuenta que la Gobernación de Santander también tiene establecidas sus ‘reglas’ frente a este tema.
¿Qué dice la Alcaldía?
Ileana Boada Harker, secretaria jurídica de Bucaramanga, respondió ante este auto que “el Municipio es respetuoso de las decisiones tomadas por la Rama Judicial y serán acatadas. Durante el trámite procesal se allegará al Juzgado la prueba del cumplimiento de la autorización previa exigida por el Ministerio del Interior, en materia de actos de orden público, con los respectivos argumentos que soportaron esta decisión tomada en conjunto por todas las autoridades metropolitanas”.
José David Cavanzo, secretario del Interior de Bucaramanga, por su parte, aclaró que “desde la expedición del Decreto Departamental, la Alcaldía de Bucaramanga respetó y acogió la medida de ‘pico y género’ para actividades deportivas, adicionalmente, esta medida fue analizada en un Consejo Departamental de Seguridad, en el cual el Departamento expuso dicha reglamentación y manifestó la superioridad jerárquica de su normativa, por lo tanto los municipios del área metropolitana la respetamos independientemente de nuestra posición al respecto”.
Recomendaciones
De acuerdo con las autoridades, los deportistas deben tener en cuenta que al salir de sus casas bien sea para trotar, caminar o montar en bicicleta deben utilizar tapabocas y portar la cédula de ciudadanía; también deben cargar toalla, agua y bloqueador. Solo se autoriza la práctica recreativa, más no la de alto rendimiento o competitivo.
No se permitirá salir en grupo, ni superar una distancia de un kilómetro a la redonda del hogar. Para caminar hay que mantener una distancia de cinco metros entre persona y persona y de 10 metros en caso de que haya trote o uso de la bicicleta.
Tampoco se puede hacer uso de gimnasios al aire libre, parques infantiles, escuelas de formación y canchas.
Decreto departamental
El decreto departamental 0235 de 2020, mediante el cual se autoriza la práctica de actividades físicas y ejercicio al aire libre en todo el territorio santandereano, se mantiene vigente.
En dicho documento quedó establecido que las personas entre 18 y 60 años de edad podrán desarrollar jornadas deportivas, de manera individual y de tipo recreativo, entre las 5:00 a.m. y 8:00 a.m.; pero, como el objetivo es evitar aglomeraciones, se estableció un sistema de rotación semanal de lunes a viernes, por género. Es decir, del 11 al 15 de mayo, el femenino saldrá tres días a la semana (lunes, miércoles y viernes) y el masculino dos (martes y viernes), la siguiente semana se cambiará para que el masculino salga tres días y el femenino dos.